SERVICIO LEGAL MIGRATORIO
Apelación ante la BIA de denegación o revocación de petición familiar I-130 (Formulario EOIR-29)
Para un peticionario que apela ante la BIA una denegación o revocación elegible de una petición familiar I-130 mediante el Formulario EOIR-29, presentado ante la oficina USCIS/DHS correspondiente.

CÓMO INICIAR SU CASO
En qué consiste este servicio
Comenzamos revisando su historial migratorio, elegibilidad, documentos y objetivos. Esto nos ayuda a determinar si el servicio estándar descrito corresponde a su situación y qué pruebas serán necesarias.
PREPARACIÓN DE SUS PRUEBAS
Documentos que generalmente revisamos
Los documentos exactos dependen de su historial, elegibilidad y requisitos de presentación.
- Decisión del I-130 y expediente de la petición
- Pruebas del parentesco presentadas anteriormente
- Pruebas adicionales ordinarias para la apelación cuando correspondan
PREPARACIÓN LEGAL
Cómo preparamos el caso
Analizamos legitimación y plazo, preparamos EOIR-29 y EOIR-27 según corresponda y presentamos un escrito sustantivo para consideración de la BIA.
Explicamos el plan de presentación y las particularidades del asunto antes de iniciar la representación.
ALCANCE Y LÍMITES DE LOS HONORARIOS
Qué está incluido y qué genera cargos adicionales
Honorarios fijos por una apelación estándar mediante el Formulario EOIR-29 de una denegación o revocación de USCIS de una petición familiar I-130, hasta la decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA). Incluye revisión de la decisión desfavorable y el expediente disponible; análisis de legitimación, jurisdicción y plazos; estrategia de apelación; aviso de apelación mediante el Formulario EOIR-29; aviso de comparecencia del abogado mediante el Formulario EOIR-27; investigación jurídica; preparación de un escrito de apelación sustantivo; anexos y pruebas de apoyo ordinarios; presentación ante la oficina correspondiente de USCIS/DHS; y seguimiento habitual hasta la decisión de la Junta. Excluye tarifas gubernamentales; obtención extensa de expedientes; traducciones; informes periciales; cuestiones complejas de fraude, de la Ley Adam Walsh u otros asuntos extraordinarios; alegatos orales; escritos complementarios extensos; nuevas peticiones I-130; mociones; y litigios ante tribunales federales. Los plazos y procedimientos de presentación dependen de la decisión de USCIS y de las instrucciones vigentes. No es una apelación EOIR-26 de una decisión de un juez de inmigración. Cuando correspondan, las respuestas a solicitudes de evidencia (RFE) relacionadas con el asunto representado están incluidas en los honorarios fijos del abogado. Toda respuesta a una notificación de intención de denegar (NOID) relacionada con esta solicitud o representación, igual que una respuesta a una solicitud de evidencia (RFE) del mismo asunto, está incluida en los honorarios fijos sin cargo adicional de abogado.
El contrato de representación firmado determina el alcance exacto. Las tarifas gubernamentales y gastos externos, cuando correspondan, no están incluidos salvo indicación expresa.
PREGUNTAS FRECUENTES
Antes de comenzar
¿El precio incluye las tarifas gubernamentales?
No. El importe publicado corresponde a los honorarios del abogado. Las tarifas de USCIS o consulares y los gastos médicos, de traducción y de terceros, cuando correspondan, se cobran por separado salvo que el alcance específico indique lo contrario.
¿Cobran honorarios adicionales si USCIS envía un RFE o NOID?
No cobramos honorarios adicionales por responder a RFE o NOID que surjan dentro de un asunto de Green Chavez ya cubierto por un contrato de honorarios fijos. Los servicios independientes de RFE y NOID son únicamente para clientes nuevos con solicitudes presentadas personalmente o por otro despacho.
¿Cómo sé si mi caso corresponde a estos honorarios estándar?
Comuníquese con el despacho para revisar su elegibilidad y el alcance particular. Si su situación excede el servicio publicado, explicaremos por escrito el trabajo y los honorarios adicionales antes de contratar.